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miércoles, 22 de julio de 2015

El Tribunal Constitucional, los permisos laborales y el lío de las competencias....

Buenos días,

Imagino que ya habréis tenido noticias sobre el tema pero por si acaso no ha sido así, aquí podéis ver la Nota de Prensa del Tribunal Constitucional.

Todavía no he encontrado el momento para leer la Sentencia íntegra pero lo tengo pendiente y si alguien se anima….se agradecerá un breve resumen J

En definitiva, ... tampoco el Tribunal Constitucional se ha puesto de acuerdo en determinar si el 48 del EBEP supone o no  una invasión de competencias autonómicas.

La Sentencia citada afirma, siempre según la nota de prensa,  “que El Tribunal considera que, en este caso concreto, “la norma estatal, aun fijando la duración de los diferentes tipos de permisos, no cierra toda posibilidad de desarrollo y aplicación a las Comunidades Autónomas de la normativa básica sobre esta materia””.

Sin embargo, los votos particulares, según la nota de prensa, “entienden que la nueva regulación invade la competencia autonómica porque “imposibilita cualquier margen de autonomía a la Comunidad Autónoma andaluza”; explican, en este sentido, que la norma habría sido constitucional si hubiera establecido una horquilla, estableciendo la duración mínima y la máxima, lo que habría permitido a la Comunidad Autónoma “concretar en días o en horas hábiles el disfrute de los diferentes tipos de permisos””.

Toda la información extraída de la Página oficial del Tribunal Constitucional

En fin, cada uno según su leal saber y entender y….”a hacer encaje de bolillos” que parece que es lo que nos toca.

Que tengáis muy buen día y que, con suerte, no tengáis muchas solicitudes complejas que resolver.

Saludos


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